De acuerdo con el ranking de Chainalysis, en 2021 Colombia se posicionó en el “Top 10” de los países que más transacciones realizaron con monedas virtuales. Durante el año pasado, Ucrania se ubicaba en el primer lugar del listado, seguido por Rusia y Venezuela. Nuestro país ocupó el noveno lugar y el séptimo entre los países que más usaron bitcoins.
Considerando este auge, la Resolución 314, promulgada el 15 de diciembre de 2021 por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), que obliga a las plataformas de intercambio de criptoactivos a reportar sus operaciones, más el reciente anuncio del director de la DIAN, relacionado con la fiscalización de las operaciones con criptoactivos y el acuerdo de cooperación entre esta entidad y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para reglamentar la entrega de información tributaria, cierra el cerco de control del uso y el manejo transaccional de las monedas digitales.
Sin embargo, aún falta robustecer la normatividad colombiana al respecto.
La resolución de la UIAF estipula que todas las personas naturales o jurídicas que presten servicios para tranzar activos virtuales contra moneda corriente por un valor individual de 150 dólares, o por uno mensual de 450 dólares en nombre de terceros, tendrán que reportar estos movimientos a partir del 1 de abril de 2022.
Esta medida se suma a la discusión relacionada con la naturaleza jurídica y tributaria de los criptoactivos, con el fin de evitar que dichos intangibles financien actividades por fuera del marco de la Ley o que entren en el limbo normativo nacional.
Según Juan Carlos Arbeláez, socio de Impuestos y Servicios legales de Crowe Colombia, “si bien es claro que las operaciones con criptoactivos involucran un pequeño porcentaje de la población global y a uno mínimo en el territorio colombiano, no dejan de ser objetivo tributario para la DIAN, entidad que ha puesto sus ojos en los procesos de fiscalización para este tipo de operaciones apoyándose, por supuesto, en las herramientas 4.0 con las que ya cuenta para enfrentar esquemas sofisticados de tecnología vanguardista”.
El asunto de los criptoactivos no es nuevo en el entorno de control, ya que la primera vez que la DIAN se pronunció al respecto fue en agosto de 2017 con un concepto de su oficina jurídica, mediante el cual se adoptó la noción inmaterial de las cripto, considerándolas un dato digital, pero a la vez aclarando que quien las obtiene, producto de una actividad comercial, está recibiendo un ingreso en especie que cual es constitutivo de renta y, en consecuencia, debe reportarse en las declaraciones tributarias del contribuyente.
Más allá de estas nuevas normas de control, sigue en pie uno de los mayores atractivos que tiene la compra y venta de criptoactivos en Colombia: su no configuración como un hecho generador de IVA, un plus a considerar por parte de plataformas digitales y startups.
No obstante, es responsabilidad de cada contribuyente que participe en estas transacciones identificar si el criptoactivo se encuentra asociado con la propiedad industrial. En tal caso, y según el Artículo 420 del Estatuto Tributario, sí estará gravado con el IVA.
Al respecto, el experto de Crowe Colombia afirma: “Si en algo existe unanimidad en el país es en la clasificación de ‘intangible’ de este tipo de activos que, aunque comienzan a existir de manera tributaria, no existen jurídicamente al no encontrarse definidos o reconocidos en materia legislativa. En este limbo, los criptoactivos tampoco pueden considerarse como una moneda local porque incumplen las condiciones para ello. Con seguridad, tendrá que reglamentarse la materia y generar mayor atractivo hacia este tipo de operaciones, sin discriminar cuantías”.
Ejemplo de estos vacíos normativos es el de la Superintendencia de Sociedades, que en primera instancia negó la posibilidad de aportar en especie a sociedades nacionales con criptomonedas, una restricción que ahora está reconsiderando.
“Definitivamente, no son suficientes los rasgos parciales que han ofrecido las autoridades en materia de esta regulación, por lo que es muy importante que el Gobierno nacional y todas sus entidades relacionadas sigan trabajando para incrementar el interés de jóvenes inversionistas, emprendedores digitales e, incluso, del ecosistema fintech, para abrir camino a futuros negocios que, legalmente, incentiven el crecimiento económico del país”, concluye Juan Carlos Arbeláez.