El uso general de las criptomonedas en el futuro es inminente, un hecho que crea la necesidad de implementar medidas rigurosas que permitan controlarlas para evitar que se utilicen como mecanismo de operaciones ilícitas.
La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) ha advertido acerca de los riesgos del aumento de tecnologías que aseguran el anonimato del usuario. En particular, ha dicho que las criptomonedas y la red oscura presentan sus ventajas, por el anonimato que las caracteriza.
Santiago Calle y Juan Pablo Coy, expertos en Derecho Penal Corporativo de CMS Rodríguez – Azuero, advierten que dicho anonimato también transforma la delincuencia, ya que los dineros fruto de actividades ilícitas pueden ser convertidos en este tipo de monedas. No obstante, aseguran que Colombia tiene una herramienta de protección del patrimonio inmerso en actividades ilícitas, siendo esta la extinción de dominio.
“Colombia fue el primer país en el mundo en crear e implementar la extinción de dominio como respuesta al fenómeno del narcotráfico, en tanto implicó la concentración de riqueza en manos de unos cuantos a través de actividades delictivas. En esta medida, la extinción de dominio sirve como mecanismo del Estado para recuperar los bienes que tienen o han tenido una relación directa o indirecta con actividades delictivas”, explica Calle.
Y agrega que, para ello, se debe demostrar dicha relación y cómo los bienes fueron usados o adquiridos en el marco de actividades ilícitas.
“Además, esta herramienta es imprescriptible, lo que quiere decir que, aun cuando hayan pasado años o incluso décadas desde el hecho ilícito el Estado puede iniciar la acción y recuperar estos bienes”, destaca el abogado.
En México, por ejemplo, se han presentado iniciativas de Ley en las que se solicitó que en la extinción de dominio se incluyera la posibilidad de perseguir las criptomonedas. Sin embargo, hay poco conocimiento sobre el tema “y se requiere la implementación de tecnologías que permitan estas acciones, además de la capacitación y el conocimiento en esta materia concreta”, dice Calle.
La extinción del derecho de dominio se puede definir, según la Corte Constitucional, como “una consecuencia patrimonial de actividades ilícitas o que deterioran gravemente la moral social”. En ese sentido, para cumplir con tal fin, la comunidad académica y práctica han planteado la necesidad de que en el Congreso se propongan normas que se adapten a las tendencias delictivas, lo que implica de acuerdo con los expertos, perseguir nuevos bienes, como las criptomonedas, las cuales incluso hoy son monedas legales en países como El Salvador.
Al respecto han surgido críticas por la poca legislación y regulación existentes, a tal punto que desde sectores opositores han acusado al Gobierno de El Salvador de darle vía libre a las organizaciones delictivas para que realicen movimientos financieros producto de sus acciones al margen de La ley salvaguardados en la aceptación del bitcoin.
Así, las preocupaciones actuales sobre este tema son objeto de discusión en otros países. En ese sentido, “las jurisdicciones que son pioneras en la materia se preguntarán por mecanismos de control idóneos para frenar los nuevos fenómenos delictivos. Por eso, los usuarios de criptoactivos deben ser cuidadosos a la hora de su comercialización para evitar posibles riesgos de extinción de dominio, que se perfila como el mecanismo idóneo de protección”, concluye Juan Pablo Coy.